Diferencia entre revisiones de «Código de buenas prácticas»

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Revisión de 00:55 9 feb 2018

Los códigos de buenas prácticas son compromisos que asume libremente una empresa para garantizar una serie de aspectos a sus clientes, más allá del mero cumplimiento de la legislación vigente. Realizar un buen servicio, con material y herramientas adecuadas y actualizadas; la instalación de material de calidad en plazo señalado así como una respuesta rápida y medida a las necesidades son compromisos que junto con la atención personalizada una empresa ha de asumir desde sus inicios y que se deberían ver reflejados en un Código de Buenas Prácticas.


Introducción

La evolución de nuestra sociedad hace que los derechos de las personas tomen progresivamente más relieve, especialmente los derechos relacionados con la prestación de servicios que se consideran universales, básicos o esenciales en la vida cotidiana.

Las empresas desempeñan un papel muy importante en la vida social, no sólo como generadoras de empleo y riqueza, sino como agentes de desarrollo en las comunidades en las que se insertan. Las empresas son conscientes de ello y ya desde hace años buscan fortalecer su responsabilidad social, que implica seguir una serie de conductas que van más allá del respeto y estricto cumplimiento de las leyes y las normas, para adoptar posturas de contribución activa y voluntaria de la mejora social, económica y ambiental.


Principios

Todo código de buenas prácticas incluido en cualquier empresa debe regirse por una serie de principios:

1. Gestionar en todo momento su actividad de una forma transparente y honesta, buscando en todo momento la ecuanimidad entre todos sus miembros.

2. Desarrollar sus actividades de una forma profesional y no realizar prácticas ilegales o éticamente censurables, ni relacionarse con terceros que puedan perjudicar la reputación de la empresa.

3. No admitir inversores si tiene dudas fundadas de que el capital disponible para inversiones tiene un origen dudoso.

4. La información aportada por los emprendedores será utilizada sólo y exclusivamente con la finalidad de buscar financiación entre sus asociados y en ningún caso la explotará para otros fines ajenos a la misión de las redes de la empresa.

5. La empresa hará todo lo posible para que los datos que recibe se traten con confidencialidad y se tomarán medidas para asegurar que no son divulgados a terceros ajenos a la red, sin la autorización del Emprendedor o del inversor, según corresponda.

6. Mantendrá en todo momento una postura clara, honesta y equitativa entre inversor y emprendedor, favoreciendo el acuerdo entre ambos.

7. No se responsabilizará ni de la exactitud de los datos, ni del cumplimiento de las previsiones que contienen los proyectos de inversión, y les advierte a sus asociados de la necesidad de hacer un riguroso análisis de los proyectos, antes de comprometer financiación.


Véase también

Código de buenas prácticas tributarias