Diferencia entre revisiones de «Burocracia y papeleo necesario»

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El propósito de este artículo es facilitar las trabas que suponen los trámites necesarios a la hora de poner en marcha tu propia empresa, ofreciendo una sintetizada guía de qué pasos es necesario dar según qué tipo de empresa queramos emprender.
  
 
== Introducción ==
 
== Introducción ==

Última revisión de 11:41 1 feb 2018

El propósito de este artículo es facilitar las trabas que suponen los trámites necesarios a la hora de poner en marcha tu propia empresa, ofreciendo una sintetizada guía de qué pasos es necesario dar según qué tipo de empresa queramos emprender.

Introducción

Uno de los mayores obstáculos que nos podemos encontrar a la hora de constituir o montar nuestra propia empresa o negocio, sea del tipo que sea, son los trámites administrativos, es decir, todo el proceso burocrático necesario para la creación de la misma.

Toda esta burocracia está poco informatizada, lo cual retrasa mucho la creación de empresas. Además, en España los trámites son más costosos y lentos que en otros países. Los organismos y administraciones no cruzan datos en muchas ocasiones, así que muchos trámites hay que realizarlos por duplicado...

Aun así, poco a poco se está agilizando e informatizando todo el proceso, y es que el hecho de que el fenómeno de la automatización acabará con todos estos trámites y burocracia es indiscutible. En este sentido, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, a través de la Dirección General de Industria y de la PYME (DGIPYME) facilita varias herramientas para el emprendedor con el objetivo de que todo este proceso sea cada vez menos tedioso y complejo, como el Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), sistema de información que permite realizar de forma telemática los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España, o el Punto de Atención al Emprendedor (PAE), que permite consultar información sobre trámites, creación de empresas, forma jurídica más conveniente, manuales para llevarlo a cabo según el tipo de empresa, etc. Asimismo, el Portal Pyme y el portal Creación de Empresas ofrecen muchísima información acerca de los trámites necesarios para llevar a cabo la constitución de la empresa según la forma jurídica elegida y su puesta en marcha, además de distintas herramientas para el análisis y la gestión de la empresa.

A su vez, han surgido plataformas y startups que se dedican a facilitar los trámites para la creación de una empresa, viendo en todas estas trabas administrativas una buena opción de negocio. También existen portales que facilitan la búsqueda de los requisitos o trámites necesarios para realizar una actividad remunerada en España.

Si bien estas herramientas ayudan y agilizan los trámites a la hora de constituir una empresa, sólo unos pocos tipos de ellas se pueden constituir a través de Internet. Es por ello que a continuación les mostramos las actuales gestiones que deben realizarse para el proceso de constitución de los principales tipos de empresa.


Trámites para la constitución:

Sociedad Anónima

-Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública. Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Sociedad de Responsabilidad Limitada

-Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública. Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Sociedad Cooperativa

-Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (o de la comunidad autónoma): Certificación Negativa del Nombre, certificación previa al proyecto de estatutos

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública. Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (o de la comunidad autónoma): Inscripción de la escritura pública de constitución en Registro de Sociedades Cooperativas

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado

-Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (o de la comunidad autónoma): Certificación Negativa del Nombre, certificación previa al proyecto de estatutos

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública. Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (o de la comunidad autónoma): Inscripción de la escritura pública de constitución en Registro de Sociedades Cooperativas

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Entidad de Capital-Riesgo

-Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad

-Comisión Nacional del Mercado de Valores: Autorización previa administrativa de la CNMV

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública. Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro

-Registro Administrativo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores : Inscripción de la empresa en la CNMV

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Comunidad de Bienes

-Trámite privado: Todos los comuneros firmaran un contrato privado en el que se detalle la naturaleza de las aportaciones y porcentaje de participación que cada comunero tiene en las pérdidas y ganancias de la Comunidad de Bienes

-Cada comunero debe darse de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública (en el caso de aportación de bienes inmuebles o derechos reales). Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Sociedad Civil

-Trámite privado: Todos los socios firmarán un contrato privado en el que se detalle la naturaleza de las aportaciones y porcentaje de participación que cada socio tiene en las pérdidas y ganancias de la Sociedad Civil

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Notario: Escritura pública (en el caso de aportación de bienes inmuebles o derechos reales). Estatutos sociales

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo


Autónomo

-Hacer la Declaración Censal.

-Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

-Tesorería general de la Seguridad Social: Inscribirse en el Régimen de Autónomos.


Startup

-Define la forma jurídica. Las más habituales son autónomo, Sociedad Limitada, Sociedad Civil o Sociedad Cooperativa.

-Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal (si eres empresa)

-Notario: Escritura pública. Estatutos sociales

-Tesorería general de la Seguridad Social: Inscribir a todos los trabajadores en el Régimen general o en el de Autónomos.

-Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo (si eres empresa)


Fundación

-Redactar los estatutos de la fundación

-Registro de Fundaciones de la Comunidad: Solicitar el Certificado negativo de denominación

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal

-Desembolso de la Dotación

-Notario: Escritura pública

-Consejerías de Hacienda de las CC.AA: Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

-Registro de Fundaciones de la Comunidad: Inscripción en el Registro

-Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal definitivo



Enlaces de Interés:

Portal Pyme: http://www.ipyme.org/es-ES/CreaEmpresa/Paginas/Crea-tu-empresa.aspx

Punto de Atención al Emprendedor: http://www.paeelectronico.es/es-ES/CreaEmpresa/Paginas/CreaEmpresaOnline.aspx

Centro de Información y Red de Creación de Empresas: http://portal.circe.es/es-ES/Paginas/Home.aspx

Portal Creación de Empresas: http://www.creatuempresa.org/es-ES/Paginas/CEHome.aspx

Búsqueda de requisitos administrativos para realizar una actividad remunerada en España: http://www.eugo.es/

Startup agilizadora de la creación de empresas: https://companyexpress.es/