Leyes y noticias de drones en España

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Participantes

  • Roberto Díaz Gómez

Trabajo: Legislación de drones

Legislación

El organismo encargado de la regulación de los drones es AESA. Para la legislación es importante saber que en función del fin que se vaya a dar al dron la ley varía, tras documentarme he conseguido distinguir tres fines más destacables:

Lúdicos y Comerciales

  • Nunca puedo perder el drone de vista, es decir, no puede estar a una distancia que no nos permita verlo, ni detrás de obstáculos que no nos permitan saber exactamente donde se encuentra el drone.
  • No podemos superar los 120m de altura.
  • No tenemos la obligación de tener el título de piloto, pero sí de volarlo con seguridad.
  • Solo podemos volar drones en zonas adecuadas para ello. En este punto la ley no es demasiado concreta, pero parece de sentido común que zonas adecuadas para volar drones sean lugares de vuelo de aeromodelismo, zonas despobladas, fincas y prados que estén alejados de la ciudad, etc. Recordad que el mayor peligro de un drone es que pueda caer sobre alguien desde gran altura, o chocar a gran velocidad, pudiendo causar una lesión importante.
  • Si causamos daños personales o materiales, los responsables somos nosotros por ser los que manejamos el drone.
  • Está prohibido volarlo en zonas urbanas.
  • Al venir el mayor peligro de la caída de un drone sobre las personas, no está permitido que los volemos sobre aglomeraciones de personas o lugares donde hayan grupos de gente reunidos. Tales sitios serían por ejemplo bodas, conciertos, manifestaciones, parques, playas, etc.
  • No está permitido que lo volemos de noche, ya que se reduce la visibilidad, y aumenta el peligro.
  • Está prohibido volarlo cerca de aeropuertos o aeródromos.
  • Tampoco podemos volar nuestros drones en España donde otras aeronaves realicen vuelos a poca altura. Esto incluye zonas de parapente, aeródromos, helipuertos, zonas de paracaidismo, etc.
  • Como regla general, no podemos poner en peligro a terceros. Es decir, siempre que volemos nuestro drone, debemos estar muy atentos de dónde lo estamos volando, y de si hay personas cerca.

Diferencias entre fines Lúdicos y Comerciales:

El uso de un dron como "hobby o como vuelo recreativo no necesita habilitación de AESA". Por poneros un ejemplo: si filmamos material con un dron y luego montamos un vídeo del que vamos a sacar beneficios económicos, estaremos incurriendo en un delito si no contamos con el permiso de AESA. Si lo hacemos por hobby y lo subimos a nuestro canal de YouTube sin monetizar, entonces no tendremos problemas.

Profesionales

Legislación sobre drones en España publicada en el BOE.

Se basa en 4 puntos clave que toda empresa que desee operar con drones deberá contemplar y seguir:

   Tipos de Drones
   Espacio aéreo
   Seguridad
   Carnet de piloto de Dron

Tipos de Drones:

Se establecen dos categorías inciales: Drones con peso inferior a 2Kg. y drones con peso entre los 2Kg. y 25Kg. Para ambos es imprescindible disponer de un carnet de piloto de drones para poder operar en España.

En caso de los drones de peso inferior a 2kg, no será necesario que estén inscritos en el registro de aeronaves ni disponer de un certificado de aeronavegabilidad.

Para ambos tipos de drones, será necesario incluir obligatoriamente una placa identificativa con el nombre del fabricante del aparato así como los datos fiscales de la empresa que lleve a cabo dichas operaciones.

Espacio aéreo:

El espacio aéreo pertenece a AESA, y como tal, para poder realizar cualquier tipo de actividad comercial o civil con un drone, se deberá obtener un permiso oficial, como mínimo 5 días antes de llevar a cabo cualquier operación en el aire.

Esta nueva legislación sigue manteniendo la prohibición de sobrevolar núcleos urbanos o espacios con una alta masificación de gente sin el consentimiento especial por parte de la Agencia Española de Seguridad Aérea.

Seguridad:

El pilar fundamental en el que se ha basado el Ministerio para la realización de la normativa de uso de drones civiles en España es la seguridad. Por ello cada empresa deberá disponer de un manual de operaciones cumplimentado siguiendo el estándar proporcionado por el Ministerio, así como un estudio de seguridad de cada una de las operaciones a realizar. Es decir, si alguien piensa en hacer volar un drone al margen de la ley, ya sea con un peso inferior a 2kg, o entre 2kg y 25kg, se expone a sanciones que van entre 3.000€ a 60.000€.

Carnet de piloto de Drones en España:

Para que las empresas puedan operar legalmente, como lo hace Dronair, los pilotos designados deberán disponer de un carnet oficial para el manejo de drones.. Si estos pilotos ya disponen de un título de piloto de avión, ultraligero u otro específico, no será necesario obtener dicha titulación. En caso contrario deberán cursar una serie de exámenes y pruebas oficiales para obtener el carnet oficial de piloto de drones.

A día de hoy, no existen academias oficiales bajo la tutela del Gobierno que realicen estos cursos, por eso y mientras se empiezan a impartir estos cursos, será obligatorio demostrar que se dispone de los conocimientos teóricos y algún tipo de carnet oficial o documento que acredite a los pilotos en el manejo de drones para poder llevar a cabo cualquier operación. Esta normativa temporal sobre drones en España considera los diferentes marcos en los que se podrán realizar los distintos trabajos aéreos y en función del peso de la aeronave. Además, el texto aprobado se completa con el régimen general de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y no sólo marca las pautas de operación con este tipo de aeronaves, sino también otro tipo de obligaciones.

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