LOPD

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La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, (LOPD), es una Ley Orgánica española que tiene por objeto garantizar y proteger los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente su honor, privacidad e intimidad.

Está ley está compuesta por un conjunto de derechos básicos relativos a privacidad e intimidad y una serie de obligaciones para que se cumplan estos derechos.


Datos de carácter personal

Los datos de carácter personal o DCP es cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables” (art. 3 LOPD). La LOPD establece tres niveles de DCP:

  • Nivel básico: Se debe aplicar a todos los documentos que contengan datos de concernientes a personas físicas identificadas o identificables, es decir, deben estar siempre presentes por el mero hecho de tratar datos personales (Nombre y apellidos, dirección, email, telefono, etc.).
  • Nivel medio: Se debe aplicar a los ficheros, además de las previstas para el nivel básico a los siguientes ficheros que contengan datos referentes a:
    • Infracciones administrativas o penales.
    • Prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial o crédito.
    • Administraciones tributarias y todo lo relacionada con las mismas.
    • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
    • Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
    • Definición de las características o de la personalidad de los ciudadanos y que permitan evaluar.
  • Nivel alto: Son los que por su especial influencia en la intimidad de las personas deben ser tratados con un nivel de protección superior a otro tratamiento de datos personales, estos son los referentes a:
    • Ideología, afiliación sindical, religión, creencia, origen racial, salud o vida sexual.
    • Datos recabados para fines policiales sin consentimiento de las personas afectadas.

Puesto que la implantación de medidas de seguridad para ficheros de nivel alto suponen un gran coste se establecen ciertas excepciones por las cuales ciertos ficheros que contengan datos de nivel alto de seguridad pueden ser protegidos aplicando las medidas previstas para el nivel básico.

  • Siempre que se utilicen los datos de ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial, salud o vida sexual con la única finalidad de realizar una transferencia dineraria a las entidades de las que los afectados sean asociados o cuando se contengan datos sin guardar relación con su finalidad.
  • Cuando se contengan datos relativos a la salud, referentes exclusivamente al grado de discapacidad o la simple declaración de la condición de discapacidad o invalidez del afectado con motivo del cumplimiento de deberes públicos.

Principales derechos

Los principales derechos, conocidos como ARCO, son:

Derecho de acceso: el derecho de acceso permite al ciudadano conocer y obtener gratuitamente información sobre sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento.

Derecho de rectificación: este derecho se caracteriza porque permite corregir errores, modificar los datos que resulten ser inexactos o incompletos y garantizar la certeza de la información objeto de tratamiento.

Derecho de cancelación: el derecho de cancelación permite que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos sin perjuicio del deber de bloqueo recogido en la LOPD.

Derecho de oposición: el derecho de oposición es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo.

Otros derechos

También existen otros derechos como:

  • Derecho de acceso al sistema Schengen
  • Derecho de acceso datos acuerdo TFTP: Por la que podemos ver la informacion financiera que guarda estados Unidos y la Union Europea sobre nnuestro datos
  • Derecho de indemnización: En la que podremos reclamar por los daños y prejuicios que se hayan podido ocasionar a consecuencia de un uso indebido de nuestro datos personales.
  • Derecho de consulta al RGPD(Registro general de la proteccion de datos).

Obligaciones

Para cumplir la LOPD es necesario cumplir con una serie de obligaciones:

  • Inscripcion de ficheros: Notificar los ficheros ante el Registro General de Protección de Datos, para que se proceda a su inscripción.
  • Calidad de los datos: Asegurarse de que los datos sean adecuados y veraces, obtenidos lícita y legítimamente y tratados de modo proporcional a la finalidad para la que fueron recabados.
  • Deber de información:
    • Informar a los titulares de los datos personales en la recogida de éstos.
    • Obtener el consentimiento para el tratamiento de los datos personales
  • Atención de los derechos de los ciudadanos:
    • Facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación.
    • Asegurar que en sus relaciones con terceros que le presten servicios, que comporten el acceso a datos personales, se cumpla lo dispuesto en la LOPD.
    • Cumplir, cuando proceda, con lo dispuesto en la legislación sectorial que le sea de aplicación.

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