Estatuto de los trabajadores

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¿Qué es el Estatuto de los Trabajadores?

Se trata de una ley aprobada por el Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que establece los mínimos legales en derechos y deberes de un trabajador en España. A partir de esta ley se regula el derecho laboral a nivel estatal. Intenta cumplir con el artículo 35 de la Constitución, que determina que todos tenemos derecho y deber de trabajar y para ello es necesario que exista una regulación adecuada para garantizar que se haga bajo las condiciones correctas. Es la norma principal que se encarga de los derechos de los trabajadores en España.

¿A quién afecta este estatuto?

A todos los trabajadores españoles por cuenta ajena o profesionales independientes o autónomos.

Quedan excluidos del ámbito regulado por esta Ley:

-Funcionarios o empleados públicos que se rigen por el Estatuto básico del empleado público

-Las prestaciones personales obligatorias

-La actividad que se limite al desempeño del cargo de Consejero o miembro de los órganos de la Administración de las empresas, siempre que su actividad sólo sea realizar cometidos propios de tal cargo.

-Trabajos por amistad o benevolencia.

-Trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los llevan a cabo.

-La actividad de las personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios, siempre que queden personalmente obligados a responder del buen fin de la operación asumiendo el riesgo y ventura de la misma.

-Transportistas, al amparo de autorizaciones administrativas de las que sean titulares.

¿Es lo mismo que un convenio?

No, el estatuto de los trabajadores marca una serie de mínimos, que cada convenio laboral sectorial deberá, como poco, igualar. Si algún punto no está especificado en el convenio que se aplica a una profesión o puesto de trabajo, se tomará el equivalente si existiera del estatuto de los trabajadores.

¿Qué tipo de derechos especifica?

Derechos básicos como a la promoción y formación en el trabajo, la protección de la integridad del trabajo, la remuneración justa y puntual, máximo de horas laborables, mínimo de horas de descanso y vacaciones...

Además, también se especifican determinadas festividades laborales o ciertos derechos como la libranza en caso de fallecimiento o enfermedad de un familiar o en caso de mudanza, las horas libres necesarias para ejercer actividades sindicales, la conciliación familiar ante nacimientos de hijos, la compaginación con estudios, la excedencias...

También especifica las distintas condiciones para la extinción de un contrato y los distintos escenarios de indemnización que se derivan de la misma.

Asimismo, incluye otros derechos como libre elección de profesión, derecho a huelga, negociación colectiva, adopción de medidas de conflicto colectivo, reunión, información, consulta, participación en la empresa y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales.

En cuando a la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho principalmente a:

-A no ser discriminados para el empleo, por razones de sexo, estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español.

-Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad.

¿Qué tipo de deberes se exigen a un trabajador?

Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo, cumplir las medidas de seguridad del mismo y contribuir a la productividad de su empresa, por ejemplo.

Los trabajadores también tienen como deberes básicos cumplir con las ordenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de sus funciones y no concurrir con la actividad de la empresa, así como todos esos que se deriven de los correspondientes contratos de trabajo.

Enlaces de interés

BOE: [1]

Wikipedia: [2]

Versión actualizada: [3]

Fuente: Laboral IT